TODO SOBRE EL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN

Este artículo es una guía completa para resolver todas y cada una de las dudas sobre el impuesto de matriculación.

¿QUÉ ES Y DONDE SE PAGA EL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN?

El impuesto de matriculación, también conocido como impuesto especial sobre determinados medios de transporte, es un tributo que grava de forma directa y definitiva, la  primera matriculación en nuestro país de vehículos nuevos o usados, que estén provistos de motor y que se utilicen para circular por vías y terrenos públicos.

Es IMPORTANTE saber que, este impuesto sólo se tiene que gestionar y pagar una vez. Sólo se paga cuando se registra y matricula el vehículo en España, siendo indiferente si  éste cambia de propietario en el futuro y las veces que lo haga. Si se cambia el titular del permiso de circulación (una vez matriculado), se hace una transferencia pero no se paga de nuevo el impuesto de matriculación. Si quieres saber cuanto pagas y calcular el impuesto de matriculación, haz click en este enlace.

¿DÓNDE SE PAGA EL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN?

El cobro de dicha tasa, es una competencia traspasada por el Estado a las Comunidades Autónomas desde el año 2008; y se realiza a través del modelo 576  Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y se puede presentar  online (web de la Agencia Tributaria)con el certificado electrónico, DNI electrónico; o en persona en las oficinas de la AEAT de la provincia correspondiente.

Es un impuesto distinto, escalado, que depende y varía en función de las características de cada vehículo y de la provincia donde se matricule; así hay algunas Comunidades Autónomas como por ejemplo Cataluña, donde se paga más de impuesto de matriculación porque tienen un tipo impositivo más alto  que otras. Podemos decir que el importe a pagar cambia en función de cada modelo, la provincia, su antigüedad y las emisiones combinadas de CO2, es decir lo que contamina cada uno de manera combinada.

¿QUIEN DEBE PAGAR ESTE IMPUESTO?

Es un impuesto que pagan todos los vehículos nuevos y todos los vehículos usados, como por ejemplo es el caso de los coches de importación, que se quieran registrar para circular en España .

Es por ello que todos los coches importados que queramos legalizar en España, una vez hayan pasado la ITV en nuestro país y tengan la ficha técnica correspondiente, tendrán que abonar  el impuesto de matriculación. Excepto que sean vehículos poco contaminantes, los cuales están exentos del pago.

Para completar la información mira un ejemplo de cómo y donde importar un coche paso a paso de Alemania

¿CUÁNTO SE PAGA?

Hay 4 “escalones” distintos que varían en función de lo que contamine cada vehículo.

Vienen determinados por emisiones inferiores o iguales a 120 g/km, 160 g/km y 200 g/km de CO2, requiriendo cada tramo el pago del 4.75%, el 9.75%, el 14.75%. Cabe destacar aquellos que contaminan menos de 120 gr de CO2 por km, los cuales están exentos del impuesto de matriculación. 

ESTOS SON LOS TRAMOS PRINCIPALES PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN:

  • 0%: vehículos de emisiones menores o iguales a 120g/km de CO2
  • 4,75%: vehículos de emisiones mayores de 120 y menores de 160 g/km de CO2
  • 9,75%: vehículos de emisiones mayores o iguales de 160 y menores de 200 g/km CO2
  • 14,75%: vehículos de emisiones mayores o iguales a 200 g/km de CO2

Sobre la base imponible de cada vehículo, se aplica una depreciación por antigüedad y luego el porcentaje según las emisiones.

LISTA DE VEHÍCULOS CON SUS PRECIOS CORRESPONDIENTES

Para saber cuál es esta base tenemos que dirigirnos a una Orden que se aprueba de manera anual (a finales de cada año se publica en el BOE la del año siguiente) con todos los vehículos y su base de cálculo. En este enlace podemos encontrar dicho documento, actualizado.

¿QUIÉNES ESTÁN EXENTOS DE PAGAR EL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN?

Es importante conocer que en determinados casos, se exime de pagar el Impuesto de matriculación, por ejemplo si tiene una minusvalía. En otros casos, pueden tener derecho a una deducción a la mitad en el importe (en el caso de las familias numerosas) o una reducción del 30% (en el caso de las autocaravanas).

Están exentos las personas que tengan movilidad reducida. Por ello los compradores de vehículos nuevos o usados provistos de motor, que compren un vehículo para su uso exclusivo y que tengan minusvalía, están exentos del pago.

Para poder llevarse a cabo esa exención deben darse principalmente los siguientes requisitos:

  • Que hayan transcurrido al menos cuatro años desde la matriculación de otro vehículo en idénticas condiciones (en el cuál tampoco hayan pagado el impuesto de matriculación), salvo en caso de siniestro total que esté debidamente acreditado.
  • Que no se venda el coche durante los cuatro años posteriores a su matriculación.

Aparte de esta exención, existen otras posibilidades que nos permitirán no pagar este impuesto, como por ejemplo taxis, coches de auto escuela o coches de alquiler o todos los vehículos que se matriculen como consecuencia del traslado de la residencia habitual de su titular desde el extranjero al territorio español (todo ello debidamente demostrado).

Cabe destacar, que los vehículos destinados al uso exclusivo de familias numerosas, tendrán derecho a la reducción del 50 % en el impuesto de matriculación.

Calcula el impuesto de matriculación de tu vehículo desde AQUÍ

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