Si estás pensado en cambiar de país y fijar tu residencia en España; o si has vivido durante un tiempo en el extranjero, bien sea en la Unión Europea o fuera de ella, y quieres traerte el coche para matricularlo en España, te interesará saber tanto los trámites a realizar como también los beneficios a los que te puedes acoger en el proceso de la matriculación por cambio de residencia.
Contenido
MATRICULAR UN VEHÍCULO POR CAMBIO DE RESIDENCIA
Antes de nada hay que dejar claro, que la única diferencia entre la compra de un vehículo de importación por el trámite normal y por cambio de residencia, es que en el segundo caso puedes optar a una serie de beneficios que te abaratarán y facilitarán los trámites.
BENEFICIOS A LOS QUE PUEDES OPTAR
Si has vivido fuera del territorio Español, has tenido un vehículo matriculado a tu nombre y vas a trasladar tu residencia a España podrás:
- Ahorrarte el pago del Impuesto de Matriculación.
- En el caso de vehículos procedentes de fuera de la UE, no pagas IVA, no pagas aranceles en la Aduana y facilita los trámites de homologación individual.
Por tanto, no es necesario hacer una homologación del vehículo, salvo que se trate de un vehículo comercial o industrial. Según se regula en RD 750/2010, los vehículos importados están exentos de dicha homologación. Únicamente se exigen en algunos supuestos, pequeñas variaciones como el color de los faros y alguna mínima adaptación, pero sin llegar a tener que realizar una homologación completa.
Si el vehículo a matricular por cambio de residencia, es comercial o industrial, independientemente de si ha tenido o no modificaciones, necesitará siempre de una homologación individual para poder pasar ITV, algo que con turismos no sería necesario.
REQUISITOS QUE DEBES DE CUMPLIR
Para poder optar a este derecho, deberás cumplir una seria de requisitos:
Residir en el país de origen durante al menos un año y poder justificarlo
Para poder optar a los beneficios de matriculación de tu vehículo extranjero por cambio de residencia, es requisito imprescindible, poder demostrar el cambio de tu residencia.
Ello podrá ser acreditado mediante la baja consular o certificado consular en el país de origen y el alta en el padrón del municipio español donde vas a residir. En caso de no tener certificado consular se podría intentar conseguir la exención mediante contrato de trabajo, permiso de residencia, etc… pero resulta muy difícil de poder demostrarlo y en la mayoría de los casos no se consigue.
Usarlo y matricularlo en el país de origen
Durante al menos seis meses antes del cambio de residencia, debes hacer uso del vehículo y tenerlo registrado a tu nombre, lo cuál se demostrará mediante la presentación de documento de compra o factura original.
Haberlo comprado sin beneficios
A efectos de la exención del IVA en la importación, deberías haber comprado el vehículo en condiciones normales y no haberte beneficiado de ninguna otra exención en el pago de tributos en el país de origen.
Registrarse en España
Para justificar la residencia, es importante que a tu llegada te empadrones en el ayuntamiento donde fijarás la nueva residencia.
PLAZOS PARA SOLICITARLO
Es requisito imprescindible y muy importante, que la solicitud de la exención del Impuesto de Matriculación la solicites antes de un mes desde la fecha del despacho de Aduana o de la fecha de su utilización en España.
Esta solicitud la realizarás en la correspondiente oficina de la Agencia Tributaria y si no se pudiese demostrar la fecha de entrada del vehículo, que normalmente para vehículos que provienen de fuera de la UE se justifica mediante el documento DUA, se tomará como fecha válida la fecha de empadronamiento en España.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA Y PASOS A SEGUIR
PASOS A SEGUIR
- En caso de que tu residencia anterior no fuese en la Unión Europa, deberás pasar por la Aduana Española y presentar la documentación mencionada.
- Pasada la aduana y obtenido el correspondiente DUA, deberás solicitar en la AEAT, la exención del pago del impuesto de matriculación de vehículo por tratarse de un cambio de residencia.
- El impuesto municipal del vehículo, o impuesto de tracción mecánica lo deberás abonar antes de solicitar la matriculación en tráfico y lo deberás hacer en el ayuntamiento correspondiente, donde te hayas empadronado previamente.
- Antes de la matriculación final, deberás realizar la Inspección técnica (ITV) del vehículo en la estación más cercana y que más te convenga.
- Por último, siempre con cita previa, y una vez que la ITV nos ha facilitado la ficha técnica, irás a la Jefatura de Tráfico para la obtención de la matricula definitiva.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Visto los pasos necesarios que tendrás que realizar durante todo el proceso, pasamos a describirte punto por punto los documentos que te serán necesarios presentar.
ADUANA
Siempre que la importación se realice de un país no perteneciente a la Unión Europea, hay que solicitar por escrito y en la Aduana, los derechos de franquicia y exención de impuestos por cambio de residencia, aportando la siguiente documentación:
- Declaración de importación DUA (Documento único administrativo).
- Pasaporte, DNI o copia de la tarjeta de residencia en caso de que no tengas nacionalidad española.
- Baja consular de la residencia anterior.
- Alta en el Padrón Municipal Español.
- Ficha técnica del vehículo y permiso de circulación originales.
AGENCIA TRIBUTARIA
Uno de las ventajas que más interesa en este caso de matriculación por cambio de residencia es poder evitar el pago del impuesto de matriculación de tu vehículo, para ello, y previamente a iniciar el proceso de matriculación, deberás de presentar una serie de documentos para solicitar dicho beneficio. Los documentos que tendrás que tener en tu poder a la hora de realizar la solicitud, serán los siguientes:
- Deberás de cumplimentar y presentar el impreso Modelo 06. Exenciones.
- Certificado de residencia de al menos 12 meses, mediante la baja consular.
- Factura o documento que justifique la propiedad y titularidad del vehículo.
INSPECCIÓN TÉCNICA
En la correspondiente ITV, te solicitarán los siguientes documentos para poder darte la correspondiente ficha técnica española que deberás de presentar posteriormente en tráfico:
- Baja consular
- Alta de empadronamiento.
- Documentación original del vehículo, permiso de circulación vigente o documento equivalente del país procedente (en cada caso muy importante que esté a tu nombre)
- Factura o contrato de compra-venta original y traducido.
- Dni o pasaporte
- COC o carta de homologación, o en su defecto, deberás de obtener una ficha técnica reducida, que deberá de estar firmada por un técnico competente, generalmente un ingeniero. Será individual y constará claramente el número de bastidor de tu vehículo. En este artículo te explicamos qué es el COC y en su defecto la manera de obtener la ficha reducida.
JEFATURA DE TRÁFICO
La matriculación final siempre la otorga tráfico, únicamente será necesario aportar la documentación vigente del vehículo, y será necesario pasar la Inspección técnica correspondiente. Deberás aportar los documentos siguientes que te enumeramos:
- Documentación original del vehículo.
- Factura o contrato de compra-venta original y traducido.
- Dni o pasaporte o permiso de residencia.
- Ficha técnica española
- Justificante del pago del impuesto de tracción mecánica o viñeta .
- Justificante del pago o documento que justifique la exección del Impuesto de matriculación
Con la presentación de todos estos documentos, se finalizaría el trámite de matriculación. obteniendo de este modo las matrículas y pudiendo circular con normalidad con el vehículo por España.
CALCULAR IMPUESTO DE MATRICULACIÓN
OBLIGACIONES A TENER EN CUENTA UNA VEZ MATRICULADO
Terminado todo el proceso y matriculado tu vehículo, has de tener en cuenta las obligaciones que debes cumplir.
- No podrás transferir, vender o alquilar el vehículo en un año, desde la nueva matriculación.
- El uso o finalidad del vehículo o vehículos matriculados, deberán ser los mismos a los que habían sido destinados en la residencia anterior.
Hola buenos días. Tengo un vehículo con matrícula alemana, yo soy español y tengo interés en matricularlo en España. Estuve 10 meses viviendo en Bremen y ahora me ubicó en Dublín(5 meses). Tendría interes en saber cuanto son los costes totales del cambio de un Mercedes clase C200 kompresor del 2001. El 1 de enero tengo la renovación del seguro,por lo cual en octubre me gustaría saber cual seria el movimiento mas idóneo. Os agradezco cualquier ayuda.muchas gracias
Mario
para calcular los costes totales puedes ir a nuestra calculadora de costes: https://www.importarcoches.com/calculadora-de-costes/
He vivido 2 años en Alemania,pero no me di de alta como residente en el Consulado, solo me empadronè en el ayuntamiento, por lo cual no tengo la baja consular,el procedimiento es el mismo?
Emilio
aún no estando dado de alta en el consulado, si conseguimos demostrar tu estancia durante ese tiempo, sí podrías matricular por cambio de residencia siempre que cumplas con los otros requisitos.
Hola! Quiero traer mi coche de Portugal a eSPAÑA, SÓLO QUE NO TENGO UN CONTRATO DE COMPRE VENTA PORQUE ÉL COCHE ERA DE MI MADRE. TENDRIA ALGUN PROBLEMA?
GRACIAS,
Carolina
Tendrías que hacer un simple contrato de compraventa entre tu madre y tú y solucionado
Buenas!!!
mi coche está viniendo de Dubai, donde antes residía, pero allí no se tiene ficha técnica de ningún tipo o permiso de circulación, solamente una tarjeta de titularidad (que incluye la ITV) y que te quitan al exportar el coche.
eso daría algún problema?
Ángel
En principio con esa tarjeta debería valer porque así lo hemos hecho en otros casos similares.
Ahora bien, siempre depende del funcionario que nos encontremos y cómo interprete él/ella esa documentación
Hola me estoy por volver de argentina y me quiero llevar mi auto a españa llevo 10 años viviendo y trabajado en argentina porque tambien soy argentino tengo doble nacionalidad el caso esque sigo empadronado en madrid habria algun problema? El auto es mio hace varios años
Hola Joaquín
En tu caso sería muy difícil hacer la matriculación por cambio de residencia y optar a los beneficios que conlleva, porque ya estabas anteriormente empadronado en España con lo cuál sería prácticamente imposible.
Hola,
Utilizo un coche con contrato de leasing con matrícula italiana, vivo en Canarias desde 1 año y me han parado diciendo que tengo que pagar unos impuestos y matricularlo en España. La entidad arrendadora no contesta a mis peticiones de autorizarme a cambiar la matrícula. Si pago los impuestos puedo no matricular el coche o estoy obligado a hacerlo?
Que impuestos tengo que pagar?
Muchas Gracias
Gioia
Si no liberas el coche y pagas lo que te queda pendiente en Italia, NO PODRÁS MATRICULARLO EN ESPAÑA, y matricularlo es la única opción para estar con el coche legal después de 6 meses
Resido fuera de la UE y tengo varios coches clàsicos. ¿existe algun limite a la importacion de varios vehiculos clàsicos para la exencion de impuestos de importacion e iva en el retorno a España?
Victor
Entiendo que hablas del supuesto de cambio de residencia y en cuyo caso la ley no habla de limite de vehículos sino que dice «ajuar de la persona que cambia de residencia», aunque logicamente en AEAT no aceptan si es muy exagerado.
Hola! Yo me mudé a España desde Agosto pero me acabo de traer el coche desde Alemania a España ¿Cómo puedo evitar pagar el impuesto de matriculación? Gracias
Adriana
Aquí tienes la información necesaria relativa al supuesto de importación por cambio de residencia: https://www.impuestomatriculacion.es/blog/matriculacion-por-cambio-de-residencia/
Hola
Yo me dispongo a traer mi coche desde Dubai cuando la situacion lo permita, mi pregunta es: Porque imponen 1 año para poder vender el coche después de traertelo? No tengo pensado verderle pero las situaciones son tan inestables que esto es ridiculo.
Gracias por adelantado
Alfonso
Al traer tu coche de Dubai se entiende que lo haces por cambio de residencia, sin pagar IVA ni impuesto de matriculación y con facilidades en la homologación. Por lo tanto ellos quieren asegurarse que no lo haces como negocio, puesto que te eximen del pago de impuestos que de otra manera tendrías que pagarlos.
Yo era residente en España, donde compré un coche. Actualmente, El coche se queda en España más de 6 meses, lo uso cuando me desplazo por aquí. Puedo circular así, o tendrá que imatricularlo en mi residencia fiscal que es en Europa?
Stephane
Si tu dirección fiscal no es en España y no estás registrada y empadronada en España no lo puedes matricular a tu nombre aquí.
Hola,
Compre un coche en USA en enero, donde resido desde hace 9 años. Me mudo a España en julio y queria saber si me puedo llevar el coche ya que me han dicho wue la regulacion ha cambiado y que ya no son 6 meses los que necesitas para tener en propiedad el coche sino 1 año, por lo que tendria que esperar a enero de 2021. Es esto así? Tendria un link al extracto de la regulacion aue habla de esto?
Gracias
Javier
Así es ha cambiado, aquí tienes la info https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Aduanas_e_Impuestos_Especiales/_Presentacion/Procedimientos_y_gestiones_en_la_Aduana/_PARTICULARES/Franquicias_por_traslado_de_residencia/Franquicias_por_traslado_de_residencia.shtml
Hola,
muchas gracias por el articulo. Mi situación es la siguiente:
Hace 7 años me fui de España a Chile donde me di de alta en el consulado, luego me vine al Caribe donde he estado trabajando los últimos 4-5 años, la mayoría del tiempo en un país llamado Antigua y Barbuda, aunque los últimos meses, desde febrero 2020, me trasladaron a Saint Martin, otro país del Caribe. Es aquí donde me decidí a comprar un coche porque iba a estar más de dos años haciendo un proyecto que, debido al covid, se ha cancelado hasta 2022.
Por la misma me es imposible venderlo ya que el país está en crisis y saturado de coches de segunda mano por la quiebra de todas las agencias de alquiler de coches.
Mi caso es bastante particular y necesitaría saber si vosotros podríais asesorarme de manera profesional.
Me preocupa más la posibilidad de importarlo que el pago de impuestos.
Un saludo y muchas gracias.
Jose
La única opción que podríamos realizar es la matriculación por cambio de residencia y para ello tienes que cumplir de manera clara al menos 2 requisitos (llevar más de 1 año en el país donde has comprador el coche y haberlo comprado antes de 6 meses desde la fecha de retorno a España).
Si además has estado inscrito en la embajada o consulado y se puede demostrar fehacientemente, las exenciones serán mucho mayores (exención de impuesto de matriculación, de IVA y de Aranceles)
Hola qué tal. Estoy haciendo un cambio de residencia de Panamá a España. Mi coche lo compré hace 5 años en Panamá, pero aquí el registro está a nombre del banco hasta este mes que lo he terminado de pagar. Ya está el registro a mi nombre, pero con fecha Julio 2015 El Banco me dará una certificación de que yo he pagado el coche todo este tiempo. El concesionario me hará una certificación donde me lo vendió en Marzo de 2015 a través de un préstamo al Banco. Alguna recomendación? No me gustaría encontrarme con sorpresas para la franquicia de impuestos.
JoseMa
Independientemente de la forma de pago acordada con el vendedor, lo importante en tu caso es que tengas factura o contrato de compra desde 6 meses antes de volver a España, además de la estancia de más de 1 año.
Hola buenas,
Acabo de volver de residir en Alemania 7 años y me he traído el coche alemán adquirido a un particular hace dos años. Para matricularlo aquí, debo pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales o estoy exento? Y otra cuestión. Por emisiones inferiores a 120gr/Km de CO2, mi coche está exento del impuesto de matriculación. Hay que presentar algún documento de hacienda o bastaría con la ficha técnica?
Muchas gracias.
Petrus
si te acoges al cambio de residencia no pagarías ITP ni tampoco Impuesto de Matriculación.
Respecto al tema de las emisiones, si un vehículo emite 120 gr CO2 por km o menos en combinada, está exento de impuesto de matriculación y eso se comprueba mediante documentación de origen , el COC o ficha reducida emitida por un ingeniero en España.
Pues esto suena genial!
Solo para confirmar, que puedo importar el mío de esta manera. Tengo un Jeep Wrangler, fabricado en Estados Unidos, pero comprado en Dubai en 2007. Ha sido mío desde entonces y he vivido en Dubai los últimos 14 años.
Porque necesito baja consular, si es obvio de mis paginas residencias en mi pasaporte que vivi aquí? Pero bueno voy a preguntar.
Otra cosa el papeleo original en Arabe e Ingles esta bien, o hay que traducir todo al Español, yo misma, o por notario?
Referente a la matriculación, se pasa el coche por aduanas despues de su llegada al puerto, y le dan unas matriculas témporales para poder llevarlo a la ITV? O sea se puede conducir? O hay que organizar esto de otro manera?
La residencia Española me confunde, se empadrona ok, pero soy Europea, pasaporte Alemán y tengo que hacer residencia Española también?
Muchas Gracias
Nicole
Nicole
El requisito de la baja consular lo piden en AEAT España, suponemos que para que se vea de manera fehaciente. Tu puedes tener el pasaporte con sellos y viajando pero no vivir en el pais en concreto.
El papeleo en inglés está ok y salvo que indiquen lo contrario no habría que traducirlo.
Una vez pasada la aduana en España, depende de cada uno como quiera hacer los trámites, bien con placas provisionales y luego ITV o bien con grua, ITV y luego matriculación definitiva
hola buenas, me he mudado de estados unidos donde esstudi y trabaje un tiempo y quiero traer mi coche, como puedo conseguir la baja consular para traer mi coche? lo puedo hacer desde españa?
Hola,
Podrás hacer una matriculación por cambio de residencia, a optar a los beneficios siempre que cumplas con los requisitos que se explican en el artículo. Para obtener la baja consular, deberás de hablar con el consulado del país, si has estado inscrita, es fácil que te puedan enviar el certificado de baja, online, de todas formas depende de cada consulado.
Hola. Me mudo a España por trabajo el proximo año en Febrero pero acabo de comprar mi coche en Italia. Puedo demostrar mi residencia aqui con mi permiso de residencia actual, pero al llegar alla el auto no tendra aun los 6 meses de antiguedad conmigo… podria ser un problema??
Gracias…
Para matricular un vehículo por cambio de residencia, uno de los requisitos es llevar residiendo fuera de España más de un año, justificándolo mediante certificado de empadronamiento y/o residencia. Y otro, es tener una factura de compra anterior a 6 meses, este dato es muy importante y siempre lo comprueban.
Todo esto hay que acreditarlo, porque es objeto de estudio, deberás de consultar para ver si lo dan de paso o no, aunque puede que te plantee un problema que el coche no tenga más de 6 meses.
Hola vivo en España hace 12 años , deje mi vehiculo en Venezuela , nunca hice baja consular , es posible traer el coche como traslado? por importacion no me dejan hacerlo por las emisiones.
Hola Juan Carlos,
Según la ley existe un plazo de 60 días para poder matricularlo como traslado y poder beneficiarte de las ventajas, por lo que después de tanto tiempo entendemos que el plazo haya expirado.
Buenas tardes. Soy nacional de Eslovaquia aunque resido en España desde 2018. Compré un vehículo en 2019 en Eslovaquia para poder moverme por allí cuando volvía. El caso es que ahora querría traer el vehículo a España y nose si se podría hacer por cambio de residencia al tener el NIE español desde 2018. Gracias.
Hola David,
Desafortunadamente en tu caso no cumples con los requisitos para poder optar a los beneficios de matriculación por cambio de residencia.
Mi hijo lleva dos años residiendo y trabajando en Italia, pero en ningún momento se ha inscrito en el Consulado. Tiene un automóvil comprado allí, en Italia, al inicio de su estancia. Va a volver, dentro de aproximadamente uno o dos meses, y establecerá su residencia en España. Desearía saber la documentación tendría que aportar para probar ante Aeat el derecho a la exención del Impuesto de Matriculación.
Hola Alicia,
Hay que ver cada caso en concreto, como puntos obligatorios es poder demostrar haber vivido un año fuera de España y disponer de factura de compra del vehículo con fecha superior a 6 meses. Para demostrar la residencia hay que presentar algún documento que lo justifique, la mayoría de las veces exigen el alta/baja en el consulado, aunque otras veces sirve con contrato de trabajo y o alquiler, no se puede generalizar, queda en manos de la inspección correspondiente que acepte dichos documentos o no.
Buenos días,
Llevo residiendo en Moscu desde hace algo mas de 2 años, y este verano me compré un coche con especificaciones rusas ya que es lo único que venden aquí, con la idea de llevármelo a España después del verano del año que viene, con lo que el coche habrá estado matriculado en Moscu mas de un año y yo viviendo 3 años.
Por lo que he leído en vuestra pagina, los tramites de importación en mi caso son muy ventajosos, aunque exigen mucha documentación.
Mi pregunta es si disponéis de alguna gestaría de confianza con la que pudiera ponerme en contacto unos meses antes y que pudiera encargarse de realizar todas las gestiones en España y dirigirme en la obtención de documentos antes de volver a España.
Muchas gracias.
Buenas Juan Carlos,
Si, efectivamente, trabajamos con una gestoría especializada, que te puede ayudar en los trámites relativos a la importación por cambio de residencia. Sería interesante que antes de dejar el país, como bien dices, sepas toda la documentación necesaria que te van a solicitar para evitar luego demoras. Como comentas, siempre que sea por cambio de residencia y puedas aportar la documentación necesaria, te puedes beneficiar de ventajas a la hora de matricular.
Hola! Af final qué pasa con los coches ingleses? Mi pareja se ha traído el suyo desde UK y ha solicitado la residencia en España, habría que pagar impuesto de aduanas?
Gracias
Buenas Ana,
Si la matriculación es por cambio de residencia, no tendría que pagar aduanas, IVA ni gastos de matriculación en España, para ello debe cumplir los requisitos expuestos en el artículo y poder justificarlo.
Hola.
Me voy a vivir en España este año 2021 (será en los próximos 6 meses) y vivo en Reino Unido hace más de 5 años.
Do que veo aquí puedo llegar mi coche inglés conmigo sin gran problema. Pero…como solo me voy a España en los “6 meses” estaba pensando comprar un coche más nuevo (en los próximos 30 días) y cuando llegar a España ese mismo coche ya será mío hace más de 6 meses…
Tengo la idea correcta o me estoy liando?!
Con el brexit me ahorro la aduana y matriculación?! (Es que esto hace mucha diferencia en la DUA entre mi coche actual viejo o un más moderno).
Hola Jorge,
Siempre y cuando cumplas los requisitos para matricular un coche por cambio de residencia, te podrás ahorrar el pago de aranceles e impuestos así como gastos en la matriculación de tu vehículo en España. Pero, como decimos y explicamos en el artículo SOLO sería posible si es por cambio de residencia y si así lo puedes justificar. En caso contrario de traerse un coche y matricularlo sino es por cambio de residencia, deberás pagar aranceles, IVA, gastos de matriculación y homologación europea, si el coche no dispone de ella.
Hola, por cambio de residencia, si el vehiculo no tiene homologacion europea, tendria que homologarla? tambien estaria exenta de pago? Gracias.
Buenas Vinssen, si cumples los requisitos para realizar la matriculación por cambio de residencia, te evitarías de realizar la homologación además de beneficiarte de la exención del impuesto de matriculación.
Me podéis dar los datos de la GESTORIA para poder contactar con ellos?
Buenas Juan Carlos, le hemos enviado un email con los datos de contacto de nuestra gestoría.
Lamentablemente no he recibido vuestro email. Podeis reenviarlo de nuevo?
Gracias
Buenos días, resido en Portugal desde hace 3 años y quiero importar mi coche (comprado hace 2 años) para dejar en mi casa de España y usarlo cuando vengo de vacaciones ya que he adquirido otro recientemente. Mi residencia seguirá en Portugal, ¿puedo importar el vehículo o solo se puede importar si voy a residir en España?
Mi intención es regresar a España dentro de 2 años.
Hola María del Mar,
En caso de querer importar el vehículo y no tratarse de un cambio de residencia, podrás hacerlo, pero no podrás beneficiarte del pago de los impuestos de matriculación. En caso de querer matricular tu vehículo en España, deberás de abonar todas las tasas correspondientes a la matriculación.
¿Me podéis enviar los datos de la gestoria especializada en la importación de Vehículos para ponerme en contacto con ellos? Muchas gracias.
Hola Maria del Mar,
Puedes ponerte en contacto con esta empresa: importarcoches.com/ a través de este email: info@importarcoches.com y ellos pueden ayudarte en el proceso de matriculación si lo necesitas o facilitarte los datos para la gestoría.
Es una empresa especializada en le importación de vehículos y seguro que te ayudan.
Buenas! Luego de vivir fuera de la EU por unos anos, nos fuimos por un mes a Francia donde compramos un auto con el plan de vivir alla. Luego de un par de meses nos vinimos a Espana y ya hemos tomado la decision de residir aca. Legalmente el domicilio aun lo tenemos fuera de la EU. Para inmatricular el auto en Espana, entiendo que el primer paso es empadronarnos, correcto? Podemos acogernos a la excencion del impuesto de inmatriculacion siendo un auto comprado en Francia donde no hemos residido previamente? O es que si aplicaria si demuestro con un certificado el domicilio de minimo 1 ano de el pais no europeo donde vivimos previamente? En todo caso, entiendo que la excencion aplicaria si el auto tiene emisiones inferiores o iguales a 120 gr/km CO2. Muchas gracias. Y si pudiera compartirme el datos de la gestoria le agradeceria. Saludos cordiales
Hola Cesar;
En vuestro caso, no podréis optar al beneficio de la exención de impuesto por cambio de residencia, ya que el vehículo fue comprado en un país para el cual no podréis justificar un domicilio ni una residencia superior al tiempo establecido.
Para poder matricularlo en España, además de un domicilio (empadronamiento), necesitaréis un NIE.
Si el vehículo tiene unas emisiones inferiores a 120 gr/km de CO2 efectivamente estaría exento del pago del impuesto de matriculación, pero no del Impuesto municipal ni del resto de tasas de tráfico.
Hola, buenas tardes.
En primer lugar, dar las gracias por la ayuda y asesoramiento que ofrecéis en este blog.
Tengo una duda, compré mi vehículo en Inglaterra a un particular, y no tengo contrato de compra-venta. Aquí se mandan los papeles a la DVLA (es como la DGT), el comprador se queda un trozo del documento con sus datos cómo resguardo de la compra y el vendedor manda el resto del documento a la DVLA. A los pocos días, la DVLA manda a casa del nuevo propietario los nuevos papeles del coche con los datos del nuevo propietario y la fecha en la que éste adquirió el vehículo. Por lo tanto, es un documento oficial dónde pone la fecha en la que compré el vehículo.
¿Me valdría ya con este documento? O, ¿necesitaría algún otro? No tengo manera de contactar el chico que me vendió el vehículo, ya que perdí su contacto..
Gracias de antemano
Buenas Katia;
Tal y como se explica en el artículo, en teoría, los documentos necesarios para poder realizar la matriculación en España por cambio de residencia y poder beneficiarte del pago de determinados impuestos, son la documentación y contrato o factura de compra del vehículo, sin éstos documentos, puede que tengas problemas en la matriculación por cambio de residencia.
hola, me interesa traer un coche desde USA .. A partir del año 2017.. soy minusválido,, Es posible evitar pagar iva y impuestos a matricular n españa?
Hola Gogi,
El beneficio del IVA por minusvalía, es sólamente válido en España, es decir que podrías beneficiarte, siempre y cuando, la empresa quien te lo venda sea una empresa española y te facture con el IVA superreducido.
Hola,buenas tardes
Tengo una moto origen Alemania , pero matriculada en serbia hace 25 años.Ya vivo en valencia unos 15 años.
? Pudo hacer cambio de residencia?
Un saludo
Buenas Dragan,
Sería posible matricular tu vehículo en España, pero con las condiciones que nos comentas, no podrías optar a los beneficios de exención en el pago de impuestos. Es requisito imprescindible y muy importante, que no haya pasado más de un mes desde la fecha del despacho de Aduana o de la fecha de su utilización en España, al solicitar la exención del impuesto.
muy buenas , mi situación es la siguiente. Mi coche fue comprado en España, me lo traje para Alemania tuve que matricularlo aquí, ahora después de año y medio me regreso a España, pregunta: impuesto de matriculación estaría exento , el COC será necesario al ser un coche de origen español? Gracias.
Hola Freddy,
Tu caso es un tanto particular, en cuanto a que, pese a que entendemos que puedes justificar todos los requisitos necesarios para la matriculación por cambio de residencia, no tienes una factura de compra que acredite la compra en el país de origen (actualmente Alemania). Tendrías que consultar en tráfico para ver si lo aceptasen y poder estar exento de pagar el impuesto.
Por otro lado, el coche es español, pero matriculado en otro país por lo que puede que en la ITV te soliciten el COC, o en su defecto te pueden pedir una ficha técnica reducida, dependerá de la consideración de los técnicos.
Una consulta, cuando explicas que no habría que hacer la homologación individual salvo que el vehículo sea comercial o industrial, a qué te refieres con vehículo comercial o industrial? es según la categoría del vehículo lo de comercial o industrial? ¿qué vehículos se consideran industriales o comerciales? Tiene que ver con lo de categoría N o M? es el peso? o es el uso que se le da? yo compré un minibus pero lo uso como furgoneta particular, ya no tiene los asientos de pasajeros ni nada y mi plan es hacerme una caravana en el vehículo… no me queda claro si es comercial o industrial…muchas gracias
Hola buenas noches.
Llevamos en Alemania 2’5 años
El año pasado compramos un Audi q5 de manera financiada y ahora queremos volver a España..
Al no estar pagado totalmente no tenemos la carta verde original del vehículo. Como podemos hacer para circular con el vehículo sin problemas por España
Que pasa con el seguro y los impuestos a nos toca pagar en el mes dre ayo
Hola Sara;
Si lo que queréis es matricularlo para vivir en España, deberéis antes de nada liberar el vehículo, es decir pagar el importe pendiente para poder obtener la documentación y poder matricularlo en otro país. Si es por un corto periodo de tiempo podrías circular en España, durante un periodo vacacional
Buenos días.
Estoy pensando en importar una moto tan pronto cambie de residencia a españa.
He leído el post con toda la documentación.
La única duda que tengo ahora es:
– que pasa si no tengo carnet de conducción en españa para este tipo de vehículo.
Tendré algún problema en la matriculación/ seguro / ITV??
Hola Fernando:
Podrás comprar sin problema un vehículo y ponerlo a tu nombre, pero si no dispones de carnet de conducir para ese vehículo, no podrás conducirlo ni tampoco contratar un seguro a tu nombre.
Buenas tardes
Me traslado a España después de unos años de residencia en Alemania
Tengo en propiedad un Ford mustang del año 2012, el cual me dicen que no puedo matricularlo en España, pero si es por traslado cambia la cosa o sigo sin poder llevarme mi vehículo??
Gracias y un saludo
Buenas,
Siempre y cuando cumplas los requisitos para poder matricular el vehículo por cambio de residencia, no deberías de tener problemas, ya que para estos casos no es necesario realizar homologación individual de los vehículos.
En cambio, si no pudieras justificar ni cumplir los requisitos de cambio de residencia, y quisieras matricular el vehículo, tendrías que dispone de COC y/o contraseña, en su defecto deberías de homologar el vehículo si no cumple con las homologaciones del país. Siempre que el vehículo cumpla y esté homologado, podrás matricularlo si puedes acreditar un domicilio español y estás empadronado en España.
Buenas, llevo un tiempo viviendo en Rusia, con alta consular y demás.
He estado mirando, porque soy motero, varias motos con sidecar para traerme a España.
Ahora mismo tengo una moto rusa.
Habia escuchado varias informaciones y ya no se que pensar. Una información que se comentaba en los expat de aqui, es que tenia que tener el vehiculo minimo 3 años en posesión para poder llevarlo a España.
Otra información dice que tengo que pagar en la DUA nisecuantos Euros por los CC de la moto para poder llevarla a España y que no sale rentable hacerlo.
Que hay de verdad en todo esto?
Si quiero comprarme 2 motos con sidecar, si quiero llevarlas a españa, tengo que tenerla al menos 6 meses no?
Buenas Jordi:
Según lo que comentas, depende de cómo quieras traer e importar tu vehículo. En el caso de que quieras importar el vehículo directamente (sin hacer un cambio de residencia), tendrías que pagar como bien dices, los gastos de aduanas, aranceles e IVA correspondiente (siempre que se trate de un país fuera de la UE) antes de salir del país, y a todo eso añadir los gastos de transporte y matriculación e itv, en el país de destino de los vehículos.
Si por el contrario cambias de residencia y te quieres traer tu vehículo, debes de cumplir los requisitos del artículo, tener en posesión el vehículo durante al menos seis meses antes, y poder demostrar que llevas viviendo en el país al menos un año, entre otros, en ese caso te ahorrarías el pago de impuestos, aranceles e impuesto de matriculación en país de destino.
Buenas tardes,
Quisiera comprar un vehículo procedente de Lituania, a una empresa de importación española, los cuales, han tenido incidencias con hacienda por el plazo de presentación de documentos, bloqueándoles la matricula para no poderlo matricular, la empresa tiene los documentos del coche al día pero fuera de plazo, habría algún problema en adquirir el coche como particular y hacer de nuevo el procedimiento de matriculación? Gracias.
Buenas Luis,
Al margen de revisar la documentación del vehículo para ver la viabilidad de la matriculación y homologación. Por lo que comentas, si le han bloqueado los bienes por impagos muy probable que hasta que no se resuelva el problema no puedan volver a tenerlo en propiedad esa documentación.
RESIDO LEGALMENTE EN ESPAÑA HACE 3 MESES, SOY DE ARGENTINA, TENGO MOTOCICLETAS EN ARGENTINA Y EN USA DE MI PROPIEDAD REGISTRADAS LEGALMENTE HACE AÑOS A MI NOMBRE. ES POSIBLE TRAERLAS A ESPAÑA? por lo que leo en una respuesta tuya deberia esperar a residir 1 año en españa para poder traerlas y ahorrarme los aranceles?
Hola Alejandro, efectivamente para poder realizar la matriculación por cambio de residencia y poder beneficiarte de la exención de impuestos, deberás poder demostrar que resides en el país de origen durante al menos un año y poder justificarlo.
Resido en Panamá pero la empresa me traslada en octubre a España, soy española, hace tres años que estoy en Panamá, utilizo un automóvil que la empresa puso a mi disposición por contrato de trabajo
Cuando me vaya el automóvil será vendido por la empresa y mi idea es comprarlo y llevarlo a España
Al estar utilizando este coche puedo tener exención de impuestos al importarlo a España?
Es u automóvil comprado por la empresa y cedido para mi uso particular mientras dure mi contrato en Panamá siempre lo he usado yo y me gustaría co,prarlomcuando se deshaga el contrato
Hola Patricia:
Para poder matricular un vehículo por cambio de residencia y beneficiarte de la exención de impuestos, debes de cumplir los requisitos que en el artículo explicamos. Residir en el país de origen durante al menos una año y poder justificarlo mediante alta y baja consular y usar el vehículo durante al menos seis meses antes del cambio de residencia, debes hacer uso del vehículo y tenerlo registrado a tu nombre en el país de origen.
Hola, gracias anticipadas por vuestra ayuda.
Yo compré un coche nuevo en España en 2006, pagando impuesto de matriculación e IVA, en 2014 mi mujer se trasladó por trabajo a Inglaterra y se llevó el coche, yo trabajo por toda Europa y mi residencia fiscal y empadronamiento es desde siempre en España. El coche, a mi nombre, lo matriculé en Inglaterra. Ahora pretendo rehabilitar la matrícula y dejarlo en España, nuestra situación de residencia sigue siendo la misma, ella vive en UK y yo en España. Yo nunca he estado empadronado en Inglaterra aunque paso allí largas temporadas y si hice el trámite para que tras el brexit me permitieran residir allí, por razones obvias no puedo renunciar a ese permiso de residencia. ¿tendría que volver a pagar iva e impuesto de matriculación en España? En caso negativo tendría la limitación de un año para venderlo?
Buenas Rafael:
Todo coche importado deberá de matricularse en España, pagando las correspondientes tasas de ITV y tráfico e impuesto de matriculación. En tu caso al ser de UK, fuera de unión europea deberás de asumir los gastos de aduanas, aranceles (10%) e IVA (21%). Podrás deducirte gastos de matriculación aranceles e IVA si la matriculación fuera por cambio de residencia, pero para ello se debe de poder demostrar que se lleva viviendo en el país entre otros requisitos al menos un año, mediante alta y baja consular que lo certifique y que realmente sea por un cambio de residencia.
Si no optas a ningún beneficio y el coche se importa en condiciones normales pagando tasas podrás venderlo cuando quieras sin tener que esperar ningún plazo establecido.
Hola, tengo dos coches de colección en Argentina (son Porsche 911 de los años 72 y 71). Puedo llevarlos conmigo en caso de mudarme a España? Los tengo desde hace más de 10 años y están a mi nombre.
Al ser coches de colección, si bien están en perfecto estado de conservación, entiendo que no cumplen con la normativa de emisiones vigente. Está considerado esto ultimo en la legislación para la importación por cambio de residencia.
Finalmente, es posible llevarlos conmigo en el proceso de mudanza?
Muchas gracias,
Hola Fernando, en su caso los vehículos están considerados como clásicos (al tener más de 30 años), por lo que no se rigen por la misma normativa de homologación que el resto de vehículos y su homologación es más sencilla.
Por otro lado, en caso de que el traslado de vehículos sea por cambio de residencia y pueda demostrar como dice que ha vivido allí más de un año (se necesita alta y baja consular), y los vehículos estén a su nombre, entre otros requisitos, podría optar al beneficio de exención de impuestos en España tal y como indicamos en nuestro artículo.
Hola, una consulta por favor
Mi cuñado se quiere traer el coche (turismo americano) que tiene en Georgia, su país de origen del cual tiene la nacionalidad a España, ya que se ha casado con una española que es mi hermana. Por este motivo obtuvo hace 6 meses el permiso de residencia Español y para el cual tuvo que empadronarse. La pregunta sería que si podría beneficiarse de los beneficios por cambio de residencia, habiéndose empadronado antes de llevar su coche a España?
Y tendría que solicitar una baja consular en Georgia? Eso le afectaría en cuanto a su nacionalidad Georgiana?
Gracias, un saludo
Buenas Alexander, habría que estudiar vuestro caso en particular ya que en cuanto a fechas los trámites se deben de hacer antes de un mes desde la fecha del despacho de Aduana o de la fecha de su utilización en España. Y es requisito indispensable disponer de baja consular para certificar que ya no residen en el país.
Hola,
Llevo 6 años residiendo en Emiratos arabes y este año tengo plan de regresar a España.
Dispongo de dos coches que me gustaria llevar a España y matricularlos alli. Mi duda es la siguiente, hay algun impedimento para llevar dos coches y tener las facilidades para homologarlos en España, o solo es valido para un solo vehiculo?
Muchas gracias de antemano
Saludos
Hola Raúl, hasta donde nosotros sepamos, la exención de impuestos solamente se puede realizar para un vehículo y una vez matriculado por beneficios, no podrás transferir, vender o alquilar el vehículo en un año, desde la nueva matriculación.
Hola, gracias por el artículo.
Una vez hechos los trámites, sabéis si es más caro asegurar un coche del Reino Unido en Espana o no hay diferencia?
Hola Angel; El coste de las tasas de ITV y tráfico es igual para todos los vehículos independientemente del país de importación. Lo único que puede encarecer el proceso de matriculación en caso de importar un vehículo de Reino Unido puede ser la homologación, si el vehículo no dispone de homologación para la UE, tendrás que homologar con su correspondiente gasto.
Hola, voy a trasladar mi residencia aquí en España, tengo un coche comprado el 30.06 2021 en Dinamarca donde he tenido la residencia los últimos 5 años, ¿qué tengo que hacer y cuáles son los costes?
gracias
Buenos días; Si cumples con los requisitos deberás de realizar a tu llegada a España un DUA con exención por beneficio por cambio de residencia. Comentarte que uno de los requisitos es disponer de baja consular y alta o empadronamiento en España además de cumplir con las fechas de residencia en el país, deberás de saber que fecha de compra (factura o contrato) de tu vehículo debe de ser anterior a un año de la fecha de embarque o documento de transporte del vehículo.
Hola, cuántos coches puedo importar bajo el régimen de cambio de residencia? Necesito haberlos tenido con mucha antelación a la fecha de baja consulta y alerta en padrón español?
Gracias!
Hola Mike, se puede importar uno por titular, en cuanto a las fechas durante al menos seis meses antes del cambio de residencia, debes hacer uso del vehículo y tenerlo registrado a tu nombre. Si es para vehículos procedentes de UK, la factura de compra debe de ser anterior a un año de la fecha de embarque del vehículo.
Buenas compré un coche en Reino unido que era original de España y fue matriculado en Inglaterra y que tenía modificaciones hechas en Reino Unido. Ahora me lo quiero bajar a España y tengo la la ficha técnica reducida por parte de un ingeniero. El me ha comentado que no habría problemas, sin embargo, me han dicho que los problemas los tendría en tráfico al ser un vehículo original de España y que no voy a poder matricularlo por cambio de residencia pese a cumplir todos los requisitos. Que se debería rehabilitar y para ello se debería volver a la forma original del vehículo.
Hola Francisco, el tema de las modificaciones y homologaciones es muy complejo y no se puede generalizar, ya que cada caso debe de ser estudiado en detalle. Efectivamente y tal y como comentas puede que parte de las modificaciones que se hayan hecho en Reino Unido, no sean homologables en España y los ingenieros de la ITV, exijan volverlo a su estado original al no poderse homologar. En otros casos puede que con una homologación individual sirva, pero siempre deberás seguir las directrices de la ITV, para poder matricularlo.
Buenas tardes. Tengo mi vehiculo comprado en Italia hace casi 20 años. Me lo he traido hace dos meses con el camion de la mudanza. Yo estoy empadronada en Madrid desde el 26/9/2016 pero no me lo traje entonces porque cuando iba a Italia lo necesitaba. Pedi al ayuntamiento el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) para poder aparcarlo cuando llegara el coche en Septiembre 2021. Estoy haciendo la documentacion para poder matricularlo. Puedo hacerlo como cambio de residencia? en el caso de que no se pueda como cambio de residencia, en que modalidad tengo que hacerlo? con que documentacion? gracias
Buenas Raquel:
Si cumples todos los requisitos documentales y de plazos, podrías optar a la solicitud de beneficios por cambio de residencia. Para ello, es requisito imprescindible, que la solicitud de la exención del Impuesto de Matriculación la solicites antes de un mes desde la fecha del despacho de Aduana o de la fecha de su utilización en España, en tu caso al estar dentro de la UE. Esta solicitud la realizarás en la correspondiente oficina de la Agencia Tributaria, deberás de cumplimentar y presentar el impreso Modelo 06 de Exenciones, el certificado de residencia de al menos 12 meses en el país de origen, mediante la baja consular y la factura o documento que justifique la propiedad y titularidad del vehículo.
Al llevar tiempo empadrona antes de traer el vehículo, habría que ver si la AEAT lo deja tramitar.
Buenas Tardes,
Soy Peruano y residí en Dinamarca por 13 años.
Tengo un coche BMW 318 de 1991 con un motro mas nuevo (del 1997) todo legalizado. El coche lo tengo hace 3 años.
Me he mudado en Marzo del 2021 aunque recién me han dado mi carné de residencia hace 1 mes.
Quisiera saber cuál es el procedimiento para traer mi coche desde Dinamarca y matricularlo.
Ustedes brindan asesoría?
Muchas gracias
Hola Enrique, tu caso se debería de tramitarse como cambio de residencia, siempre que se cumplan con los requisitos para ello. Desde impuestomatriculación no ofrecemos asesoramiento ni disponemos de agentes aduaneros para esto, pero quizás desde importarcoches.com, se puedan encargar.
Buenas, resido en Arabia Saudi desde hace 4 años y tengo 2 toyota 4×4 con motores V8 del 2011 y 2012, comprados hace 2 años y que obviamente no cumplen con la norma actual de emisiones en España. ¿Podría llevarme ambos a España y matricularlos exentos de impuestos cuando cambie de residencia y regrese a España? Gracias
Hola Manolo, siempre y cuando se pueda justificar el cambio de residencia y cumplas los requisitos establecidos, podrías optar a los beneficios referidos.
En cuanto a la homologación, si es por cambio de residencia, te serviría obtener una ficha residencia, en caso contrario, deberían de pasar por la homologación oportuna. Sólo se puede justificar un vehículo por cambio de residencia.
Gracias por su rápida respuesta. ¿La limitación de un vehículo por cambio de residencia es reciente? Conozco un caso muy cercano que regresó a España desde Arabia en 2019 con un coche y una moto, ambos exentos. Un saludo.
Hola. Mi consulta es referente a la venta del vehículo después de haber conseguido la exención del pago del impuesto de matriculación por cambio de residencia y tener ya matriculado en España el vehículo. La venta se produciría antes del año desde la fecha de matriculación. Cuáles serían los costes a pagar o cómo se calcula y cuándo? Se trata de un vehículo Nissan Qashqai diesel que por lo que he visto por los datos de emisión no se pagaría impuesto de matriculación. Muchas gracias
En este caso se deberán de liquidar todos aquellos impuestos de los que te hubieses beneficiado en el momento de la compra, tales como impuesto de matriculación (si fuese el caso), IVA y/o aranceles En tu gestoría habitual te asesorarán de cómo hacer para poder liquidar todos éstos impuestos. Ya que es requisito indispensable no vender ni transferir el vehículo durante el año siguiente a la matriculación en destino.
Hola,
soy italiano y me mudo a España después de vivir 5 años en EEUU.
En Italia tengo una moto a mi nombre desde 2012 y la tuvo en circulación mi padre durante mi permanencia en EEUU.
Si le pido al consulado el certificado de residencia, pondrá Italia desde 1990 hasta 2016 y EEUU desde 2017 hasta ahora que voy a mudar a España.
¿Puedo importar mi moto aunque no procedo directamente del país de su matriculación?
Muchas gracias.
Hola Paolo, la importación de tu vehículo siempre será posible, lo único que quizás habría que estudiar sería si pudieras beneficiarte de la exención de impuesto por cambio de residencia.
Tu caso quedaría a criterio de la inspección, al no haber residido en el país de origen del vehículo durante los últimos años. Sería cuestión de presentar toda la documentación necesaria y ver si te puedes beneficar o no. Cumplirías con gran parte de los requisitos. En caso de no poder matricularlo por cambio de residencia, siempre podrías realizar la matriculación normal, abonando los impuestos correspondientes, siempre que el vehículo tenga homologación.
Hola me llamo Irene, llevo viviendo en Alemania 7 años y hace año y medio nos compramos un coche. En abril, por motivos personales, vamos a estar 8 meses en España aunque seguiremos empadronados en Alemania porque cuando pase el año tenemos que regresar. El coche lo vamos a bajar porque es mucho tiempo y lo necesitamos y el seguro que tenemos nos cubre 6 meses en España.¿Qué podemos hacer para que nos cubra un seguro toda la estancia? Un saludo.
Hola Irene, los seguros cubren 6 meses, ya que es el plazo máximo que Tráfico en España permite circular un vehículo extranjero con conductor no residente y placas extranjeras dentro del país.
A partir de ese momento se debería de iniciar la matriculación española del vehículo ya que estaría circulando de forma ilegal y sería objeto de sanción.
Soy peruano y estoy tramitando mi residencia en España y deseo traer mis 2 autos
Uno moderno del año 2018
Y un clásico del año 1978
Yo estaría exonerado de pagar IVA, arancel y el impuesto de matriculación?
Gracias
Hola Rolando, siempre y cuando cumplas todos los requisitos podrías tramitar la matriculación por cambio de residencia y beneficiarte del pago de impuestos. Pero solamente podrías beneficiarte para un sólo vehículo. El otro vehículo lo podrás matricular pero no por cambio de residencia.
Hola,
En primer lugar agradecerte la página y la información. Me ha sido muy útil.
Tengo un todoterreno comprado de segundamano en Andorra. Soy residente en Andorra. Pero tengo intención de mudarme de nuevo a España y me gustaría llevar conmigo el vehículo y matricularlo en España. Según he entendido, teniendo en cuenta que llevo 1 año residiendo en Andorra y mi vehículo tiene ahora 6 meses bajo mi titularidad, podría hacer este cambio beneficiandome de los costes. ¿verdad? Mi pregunta adicional es ¿dónde se regula este procedimiento? ¿en qué Ley?
Agradecería también la página web de la Agencia Tributaria donde se explique este procedimiento, si es que lo explica.
Hola José:
Para poder beneficiarse de la exención de impuesto, la matriculación deberá solicitarse en el plazo previsto en el artículo 65.1.d) de la Ley 38/1992 (60 días). Por otro lado los requisitos por exención a cumplir, vienen regulados en la página de hacienda, AQUÍ, LOS PUEDE CONSULAR.
Hola
Estamos tratando de Matricular mi coche traido de EE.UU por cambio de residencia. Tenemos el DUA por cambio de residencia y las modificaciones que nos exigieron en ITV. Ahora nos estan poniendo pegas porque como el coche aun lo estamos pagando y tiene un «lien» no tenemos el titulo original pero si la copia, la factura original y la registracion. Eso seria mas que suficiente para demostrar la propiedad del vehiculo. Es norma general tener que presentar el titulo original o es una cosa de este inspector? La otra pregunta es: cuanto tiempo tenemos para matricularlo desde que lo sacamos de puerto?
Gracias por vuestra ayuda!
Respecto al plazo, para poder beneficiarse de la exención de impuesto, la matriculación deberá solicitarse en el plazo previsto en el artículo 65.1.d) de la Ley 38/1992 (60 días),
Con respecto a la documentación, suele ser exigible, la factura de compra o contrato / documento de titularidad del vehículo, si no existe documento que acredite la titularidad, puede que no sea válido.
Hola buenas, he entendido todo pero me surge una duda este verano regreso a España y me llevo mi coche de Alemania para allí la cosa es que tiene algunas modificaciones, el escape que por ese no creo tener problemas ya que está homologado a toda la UE, pero me entra la duda con la suspensión que está rebajado y claramente aquí está todo homologado. Allí al matricularlo por cambio de residencia cómo funcionaría ?? Muchas gracias
Al tratarse de un cambio de residencia y siempre que se pueda acreditar, no sería necesaria la homologación individual del vehículo. Sería suficiente con una ficha reducida.
Hola, resido en en Reino Unido, desde hace más de un año, estoy empadronado en la embajada de Londres por lo que es fácil demostrar mi estancia en el extranjero, además mi coche tiene más de 6 meses conmigo, estaba pensado en llevarlo a España por tierra, según leí, cumplo todos los requisitos, lo que no entiendo muy bien es lo de que tengo que cambiarle la.matricula en menos de un mes de mi llegada para estar exento del pago de impuesto de matriculación, me lo podéis explicar? Mi pregunta es: cuanto tiempo puedo circular con mi coche en España antes de tener que cambiarle la matrícula?
Lo que se debe de hacer en tu caso es solicitar una matriculación por cambio de residencia. Si se puede demostrar el cambio de residencia estarás exento de impuestos, aduanas e impuesto de matriculación en destino.
ESte proceso debe de realizarse en un plazo máximo de 60 días a contar desde el día de la fecha de embarque del vehículo. Al tratarse de un país de fuera de la UE; debe de tramitarse un DUA por cambio de residencia que podrás hacer en la aduana una vez llegues a España. Lo mejor es contactar con un agente aduanero para que te realice todos los documentos.
Hola buenas, llevo dos años en Alemania y este verano me mudo a España de regreso. Y voy a llevar mi coche la cosa es que tiene modificada la suspensión tendría algún problema para homologar allí. Mediante el cambio de residencia
Buenas Luis Carlos, al tratarse de un cambio de residencia y siempre que se pueda acreditar, no sería necesaria la homologación individual del vehículo. Sería suficiente con una ficha reducida.
Espero que me puedan aclarar esto;
Yo vivo en Inglaterra (hace 20 años demonstrable) pediré la carta como emigrante retornado. Ahora bien, me quiero llevar mi furgoneta, pero lamentablemente es comercial y de mi propia compañía . Es decir no podría llevármela por motivos de IVA y que es comercial.
Ahora bien, me puedo comprar un coche particular ahora e irme a España cómo emigrante retornado en 3 meses? Mi mayor interés es poder circular 5 o 6 meses con la placa inglesa y la póliza inglesa ya que me tengo que sacar la licencia en España ya que no me la van a canjear por la inglesa. Gracias
Hola Carlos, uno de los requisitos para optar a la matriculación por cambio de residencia y beneficiarte de la exención de impuest, es haber comprado y usado el vehículo en el país de origen durante al menos seis meses
Buenos días.
Mi pregunta es que me mudé a España hace un par de años y me traje dos motos de Bélgica las cuales estaban restaurando y de los cuales tengo todos los documentos oficiales y de una de las dos tengo una factura de compra de tienda, y de la otra tengo el compraventa firmado y sellado. La duda es que ahora las motos están casi totalmente restauradas y me gustaría matricular las podría ser algo para matricular las ahora por cambio de residencia? Porque yo llevo ya bastante tiempo en España de nuevo?
Gracias
Buenas Kenneth; tal y como hemos indicado en el artículo para poder matricular un vehículo por cambio de residencia y beneficiarse de la exención de impuestos, es requisito imprescindible, que la solicitud de la exención del Impuesto de Matriculación la solicites antes de un mes desde la fecha de entrada del vehículo en España. Dicha fecha de entrada, salvo que exista otra manera de justificarla, se tomará como fecha válida la fecha de empadronamiento en España.
Por otro lado, comentar que solamente es posible matricular un sólo vehículo como cambio de residencia por persona.
¿estos beneficios son solo para españoles o aplica para extranjeros ? En este caso es para un amigo que vendra a trabajar a España a traves de una empresa de fuera de la union europea. ¿debe tener el permiso de residencia de las autoridades españolas o es suficiente con empadronarse en el ayuntamiento donde vaya a estar?
Hola Vicente:
Para poder matricular un vehículo por cambio de residencia, deberá de tener empadronamiento en España, pero además deberá presentar la baja consular del país de origen, entre otros trámites.
En caso de traer un coche británico, hace falta hacerle modificaciones? Como las luces o mostrar la velocidad en km por hora en vez de millas por hora?
Buenas Paula, todo vehículo importado debe de cumplir con las homologaciones del país de destino. Se deberá de comprobar antes de nada si dispone de COC, o en su defecto de contraseña de homologación en la documentación. De no ser así, antes de matricularlo, la ITV le solicitará la correspondiente homologación.
a finales de abril me traslado a vivir a españa desde suiza. Llevo mi coche conmigo, ¿qué tengo que hacer para matricularlo en españa? ¿Tengo que cancelar el coche en suiza antes de aplicar en españa? muchas gracias por una respuesta
Hola, Para poder matricularlo en otro país, deberá estar dado de baja en el país de origen, si lo vas a bajar rodando no lo podrías dar de baja hasta llegar a España. Una vez dado de baja, deberás iniciar los trámites de matriculación, al tratarse de un país de fuera de la UE, se debe de realizar el pago de aduanas y aranceles, así como el IVA en el país de destino,también será necesario pasar una homologación previa para poder pasar la ITV. Te aconsejamos contactes con un agente aduanero para poder obtener los documentos aduaneros y DUA, necesarios para la matriculación.
Antes de pasar ITV, deberás de obtener la homologación, salvo que tu vehículo disponga de COC (es este artículo se explica qué es). Una vez obtenida la homologación, deberás pasar ITV y realizar los trámites de matriculación en tráfico.
Hola, soy ciudadana comunitaria(rumania) y acabo de trasladar mi residencia a Madrid desde Rumanía. Obtuve mi NIE y estoy empadronada en Madrid.
Todavía estoy en el plaza para solicitar la exención de pago de impuestos de matriculación ya que cumplo con los requisitos, pero mi duda es sobre la baja consular, ya que es un requisito que entiendo que solicitan los ciudadanos españoles que han vivido fuera y regresan.
Como mucho, en mi caso, me deberíaN solicitar un certificado en el consulado de Rumanía en Madrid que demuestre haber vivido al menos los últimos 12 meses en la dirección de Rumanía que figura en la documentación.
Entiendo que una baja consular sería para personas que en su momento solicitaron un alta consular, cosa imposible para un ciudadano en su propio país.
¿Es correcto mi razonamiento o sino, donde y como debo solicitar dicho certificado? Muchas gracias
Buenas Liliana, para solicitar la baja en el consulado, antes habría que haberse dado de alta. En casos donde no existe o no se pueda obtener la baja consular, se podría intentar presentar la solicitud, aportando otros con documentos que acrediten la residencia en el país, tales como contrato de residencia, contratos de trabajo, certificados de empadronamientos y todos aquellos documentos que ayuden a justificar la residencia. No obstante, le aconsejamos que hable con su consulado por si pudieran aportarle algún documento oficial que también sea de ayuda.
Buenas dias, tengo un amigo que vivió en Canadá y se compro coche, de ahí se lo llevo a Rumania, y ahora esta en España, pueden matricularlos en España¿ que requisitos debe de cumplir? lleva empadronado en España mas de un año, se lo puede traer ahora??
un saludo y gracias
Buenas Lisa; matricular el vehículo lo va a poder hacer siempre que se haga como importación y siempre que el vehículo se pueda homologar, para poder pasar ITV. Para poder matricularlo como cambio de residencia y poder optar a la exención de impuestos, debería de cumplir un requisito importante que es que la solicitud de la exención del Impuesto de Matriculación se solicite antes de un mes desde la fecha del despacho de Aduana o de la fecha de su utilización en España. Además de cumplir el resto de requisitos.
Hola, e vivido en Noruega y quiero traer mi coche. Nunca me di de baja en España siempre e estado empadronados aquí. Vale igual?
Gracias
Uno de los requisitos es empadronarse en España para poder optar a los requisitos, si nunca te has dado de baja, y sigues empadronado, no serviría.
Buenas tardes,
Como puedo demostrar en el caso de que me pare la policía que soy residente de Portugal aún trabajando en Barcelona?
Si soy residente de Portugal , donde e vivido seis años y en este momento estoy en España por motivos de trabajo si pasan los seis meses tengo que matricular el coche en España? Y se podría hacer esta matriculación con el contrato de crédito? En el caso de que no se pudiera hacer este cambio debido al contrato, estaría isenta de hacer la matriculación ya que no tendría la aceptación del banco y no es una decisión mía?
Legalmente, si conduces un vehículo pasados los 6 meses de la entrada en España con placas extranjeras no es posible y te podrían multar.
Para poder matricularlo en España pasado ese tiempo, necesitarás de una dirección de residencia.
Buenas yo vivo en Barceló a desde el 2001 en el 2014 me fui para Colombia y compré una moto y está a mi nombre pero me devolví para barcelona hora voy a cambiar de domicilio en España y me.han dicho que por cambio de domicilio puedo traer la moto de Colombia es cierto esto gracias
La moto siempre vas a poder traerla, otra cosa distinta es beneficiarte de no pagar impuestos. Esto sólo es posible si realizas un cambio de residencia entre países,es decir si cambiaras la residencia de Colombia a España, pero no de domicilio en España.
En el artículo explicamos los requisitos a cumplir
Hola,
Me encuentro residiendo en suiza desde hace mas de tres años (estoy inscrito en el consulado). Tengo un vehículo que compré hace 3 años. En principio no debería tener ningún problema para hacer el cambio de matriculación.
Mi pregunta es la siguiente: como a medio-largo plazo puedo estar interesado en vender el coche, me gustaría saber si tendré que pagar algún impuesto adicional si vendo el coche después de un año de volver de Suiza? Dependiendo de esto, podría interesarme más venderlo en suiza antes de volver.
Muchas gracias por la ayuda.
Bernat
Buenas Bernat, como requisito una vez matriculado el coche en España por cambio de residencia y haberte beneficiado de la exención de impuestos, es que no podrás transferir, vender o alquilar el vehículo en un año, desde la nueva matriculación, de lo contrario tendrás que abonar todos los impuestos de los que te hayas beneficiado en la matriculación.
Si lo vendes pasado ese tiempo, no deberás de pagar ningún impuesto adicional.
Hola,
Muy interesante artículo. Actualmente he residido en UK durante 5 años (demostrables con la baja consular) y recientemente he vuelto a España (con mi esposa, como turistas). Decidimos quedarnos en España porque me han ofrecido un trabajo y quiero importar mi furgoneta como residente. Sin embargo, ya hemos entrado en España, y al bajar del ferry, no pasamos por aduanas y no tengo el DUA. Por lo que leo, no me habría interesado porque cuando entramos a España todavía no estábamos empadronados ni tenía la baja consular pues no había oficialmente salido de UK. Mi pregunta es, podría beneficiarme de la excención de impuestos por cambio de residencia? Nos empadronaremos la semana que viene, así que tendremos todos los documentos para obtener el DUA en aduanas. Bastaría con salir del país (estamos cerca de Gibraltar) y volver a entrar y pedir el DUA entonces con todos los documentos pertinentes y solicitar el resto antes de un mes después de empadronarnos?
Si tenéis gestoría, podríais enviarnos vuestros datos, ya que estaríamos interesados en contactar con ustedes?
Muchas gracias y un saludo,
Guillermo.
Buenas Guillermo, puedes ponerte en contacto con nosotros y podemos ayudarte en el proceso.
Buenos días !
Tengo empadronamiento en España desde 2018 , en 2021, obtuve el primer permiso de residencia no lucrativa en España, el coche entrado en España de 4 abril de 2022, ¿puedo matricular el coche para el cambio de residencia ?
No, ya que el empadronamiento en España es anterior a la fecha de entrada del vehículo.
buenas tardes ,
tengo mis suegros que son Bulgaros y viven en Bulgaria pero en septiembre ya vendran a vivir a España y se traeran el vehiculo que tiene allí , matriculado en Bulgaria .
que tramites tienen que hacer ?
Hola Pedro, dentro de este mismo artículo en «pasos a seguir» enumeramos un pequeño guión de los trámites a tener en cuenta. Como algo importante a tener en cuenta de que la solicitud del derecho de exención de impuestos ante la agencia tributaria debe realizarse antes de un mes desde la fecha de entrada del vehículo en España.
Hola, me llamo Alex .
Me mudo a España después de vivir en UK . Compre una Autocaravana hace 4 años y nos la queremos llevar con nosotros. Tenemos claro todos lo pasos y papeles pero no tenemos un contrato de compraventa porque se la compramos por privado cerrando el trato por mensajes y por teléfono. Aquí esuy fácil hacer el proceso en el que solo necesitas rellenar un papel con los datos del comprador y listo, te llegan a casa los nuevos atu nombre. Por supuesto tenemos maneras de demostrar que es nuestra con el seguro, los impuestos,etc, pero no sabemos si valdrá.
Espero que pueda ayudar, muchas gracias
Hola Alex, en caso de no disponer de factura, como bien dices, será necesario acreditar que os pertenece, cuantos más documentos mejor. Otro tema importante, es que el cálculo de tasas en tráfico sino existe factura se hará por el precio del valor en tablas del vehículo en cuestión.
Hola espero esten bien . Gracias por tu articulo es muy completo.
Queria hacer una consulta:Quiisera trater mi coche comprado en de Reino unido a España por motivo de cambio de residencia. Mi duda es puedo viajar con el con sus papeles británicos y empezar todo el papeleo en España? Me dejan pasar por la frontera sin problemas y circular hasta que el tramite este completo? Gracias.
Hola Carlos; no hay problema en pasar con el vehículo por la frontera, puede hacerlo al igual que si fuera de vacaciones por un tiempo fuera del país, lo único a tener en cuenta si quieres beneficiarte del pago de impuestos por cambio de residencia es que debe presentarse el billete de embarque del vehículo que confirme la fecha en la que el vehículo ha salido del país y así mismo también deberá de tramitarse el DUA (Documento aduanero) por cambio de residencia. También hay que tener en cuenta que el vehículo deberá de darse de baja en Reino Unido antes de matricularlo nuevamente en España.
Buenas tardes. Muchas gracias por todas las respuestas del blog que son de mucha ayuda. Me surge una duda respecto a cuando se podría vender un vehículo sin tener que pagar el impuesto de matriculación en el caso de un vehículo importado por cambio de residencia (cumpliendo los plazos ya indicados en vuestras respuestas anteriores) pero cuyo propietario por motivos laborales fue exento de IVA e Impuesto de matriculación al adquirir el vehículo en un país de la UE. No me queda claro si sería 1, 2 o 4 años. Podrían aclarar esta duda. Un cordial saludo
El plazo habitual para que prescriban las exenciones de impuestos suelen ser 4 años. Si vendieras el coches antes de ese tiempo, se deberían de abonar todos aquellos impuestos de los que te hubieses beneficiado.
Buenas tardes. Estoy residiendo en Chile desde hace varios años y dado de alta en el consulado de aqui. Ahora quiero volver a españa y llevarme la moto que compré aqui. Tengo todos los papeles en regla de acuerdo a lo que se menciona en el artículo. Entiendo que tengo que mandar la moto en barco y cuando llegue a españa comenzar con los trámites? Aduana no me pondrá problemas para sacar la moto una vez llegada a puerto? Ustedes prestan algun servicio de asesoria para poder realizar los trámites? Muchas gracias. Saludos
Buenas Nacho, se deberá de tramitar un DUA por cambio de residencia, para poder beneficiarse de la exención de impuesto. Desde esta web no tenemos asesoría, pero puede contactar con IMPORTARCOCHES DESDE AQUÍ, o bien a través de su teléfono ( +34 681 12 16 12, nos consta que ellos podrán resolverle sus dudas así como asesorarle en todas las gestiones
Un saludo
Buenas,
Primero muchas gracias por el artículo. Es de mucha utilidad.
Una pregunta rápida, yo me llevé un coche comprado en España a UK antes del Brexit y me lo he traído ahora (cambio de residencia… ). En Tráfico me piden el informe de Aduanas de la exención de impuestos. Me está ayudando un agente de aduanas que me pide la factura original de compra para no pagar IVA…, pero yo solo tengo el contrato de compra venta ¿ería suficiente? ¿qué otro documento podría aportar (impuesto de circulación de los años que ha estado matriculado en España…)?
Mil gracias de nuevo
Debería de aportar, todos cuantos documentos acrediten que el vehículo es suyo. Cuantos más mejor
Hola. Soy Canadiense y estoy viviendo en Canadá hace año y medio.
Estuve en España antes y estaba empadronada, no me desenpadroné, es esto un problema? Como demuestro que he vivido en Canadá?
Segundo: el coche está a nombre de mi ex pareja u apenas vamos a cambiar la titularidad ( mayo 2023). Planeaba irme a vicir a España en julio. Puedo irme y enviar el coche en noviembre ? O debo yo estar con el coche los 6 meses? Si voy solo Julio y agosto de vacaciones cuando puedo enviar el coche para España
Dicen las leyes que debo estar viviendo consecutivamente 12 meses en Canada , yo resido acá pero viajo por turismo. Hay algun problema con esto?
Buenas Johanna; para poder matricular tu vehículo en España y beneficiarte del cambio de residencia, debes como dices poder justificar el cambio de residencia mediante baja consular en el país de residencia o certificado consular en el país de origen y el alta en el padrón del municipio español donde vas a residir. En tu caso si no te has dado de baja en el padrón Español, quizás sea un problema poder justificar este cambio de residencia. Todo depende de la documentación que presentes para poder justificarlo. Respecto al cambio de titularidad, efectivamente deberán de pasar 6 meses con el vehículo a tu nombre para poder optar a los beneficios.
Hola, me voy a trasladar a vivir a España por cambio de residencia de Andorra a España, mi coche es del año 2010. Me gustaria saber si tengo que pagar iva, aranceles etc… El coche me pertenece desde ese año soy su unico proprietario.
Hola Francisco, tal y como explicamos en el artículo, en caso de poder justificar residencia, y aportar documentación necesaria, te evitarías de pagar impuesto de matriculación y en el caso de vehículos procedentes de fuera de la UE, no pagas IVA, no pagas aranceles en la Aduana y facilita los trámites de homologación individual, en caso de que fuese necesario.
Deberás de tramitar el DUA de importación como cambio de residencia y tramitar la solicitud de la exención del Impuesto de Matriculación la solicites antes de un mes desde la fecha del despacho de Aduana o de la fecha de su utilización en España.
Hola buenos días, soy ciudadano de USA y estoy tramitando mi ciudadanía española por la famosa “Ley de Nietos”…mi consulta es la siguiente: una vez que obtenga mi ciudadanía española puedo ingresar en la ley de exenciones tributarias al mudarme a España para llevar mi automóvil?. Uds recomiendan a alguien para realizar toda la tramitación de una mudanza en general? (Compañía de containers que se haga cargo de absolutamente toda la mudanza y trámites qué hay que realizar). Desde ya muchísimas gracias y EXCELENTE LA INFO QUE HAN PUBLICADO
Buenas Fabio; no estamos seguros, pero creemos que sólamente por obtener la ciudadanía, no te concedan la exención de impuesto. No obstente te recomendamos una la web de IMPORTARCOCHES.COM, , que se encargan de todo tipo de trámites de importación y quizás ellos te puedan dar una respuesta más segura. Te aconsejamos te pongas en contacto con ellos, puedes hacerlos DESDE AQUÍ.
Buenas tardes, vivo en brasil a 18 años y estoy volviendo para españa, quiero llevar mi coche que una dodge ram 2500 nueva la tengo 7 meses, puedo matricularla en españa? Motor diesel. Gracias
Hola Miguel, para ahorrarte los impuestos de matriculación y la homologación en caso necesario, por cambio de residencia deberás de cumplir los requisitos que se enumeran, de ser así podrías beneficiarte de estos beneficios. A la hora de la importación deberás de tramitar en aduanas el DUA por cambio de residencia. De todas maneras siempre podrás de igual manera matricular tu vehículo, salvo que no se pudiera homologar tu vehículo.
Hola!
Mi caso es que importé mi coche de EEUU por cambio de residencia, beneficiándome de excepción de impuesto de matriculación y de no tener que homologarlo.
Una vez pasen 12 meses, ¿puedo venderlo libremente sin necesidad de homologar ni pagar impuesto circulación?
Gracias,
Jose
BUenas Jose, si, efectivamente podrás venderlo una vez pase un años, una vez matriculado, será necesario únicamente la transferencia de titular
Hola, tengo una pregunta, mi pareja se ha mudado a España, desde Alemania, compró un coche allá hace 10 meses, y se lo quiere traer, lo tiene financiado allá, con todos los documentos en regla, lo puede matricular aquí en España, aun siguiendo pagando la financiación que aún terminará en 3 años?
Buenas Kris, en vuestro caso no podríais traerlo a España para matricularlo, hasta que no se liquide todo el importe financiado. Ya que cuando se tiene financiación, la financiera se queda con documentación necesaria. Por lo que para poder venderlo o matricularlo en otro país, deberá estar libre de cargas.
Buenas dias:
Soy español y actualmente resido en Canadá , mas de un año , y me gustaría traer un vehículo a España, por cambio de residencia, al respecto tengo dos preguntas que hacerles , antes de tomar la decisión de importar el vehículo:
1ª)- La factura de compra del vehículo a importar , esta a nombre mío y de mi pareja, la cual es canadiense y se va a instalar en España conmigo como núcleo familiar , además de dos hijos que tenemos en común. Mi pareja , no dispone actualmente de la residencia en España, tramite que iniciaremos cuando nos traslademos.
Es posible aplicar la exención de impuestos al vehículo , aunque la factura este a nombre de los dos……?.
2ª)- A pesar de llevar mas de diez años residiendo y trabajando en Canadá, el alta consular lo he hecho hace solo dos meses , no obstante puedo justificar mi estancia mayor de 1 año , mediante el DNI Canadiense y/o contratos de trabajo .
Esta circunstancia de no disponer la constancia del consulado español por un periodo superior a un año, una vez que solicite la baja consular, será un problema para poder acceder a los beneficios de exención de impuestos de l vehículo ?
Gracias por su apoyo
Atentamente
Jose
Hola Juan, respecto a la factura, no debería de ser un problema siempre esté a nombre de uno de los solicitantes. Respecto al alta consular y la justificación de la residencia, pues deberías de meterlo a trámite y esperar respuesta, dependerá de la interpretación que le puedan dar en su momento y de la documentación que se adjunte para justificar la fecha de estancia en el país de procedencia. Cuanta más información y mayor documentación mejor.